Política AML
Última actualización: 19 de noviembre de 2024
1. Introducción
PlayWave Sociedad de Responsabilidad Limitada es una empresa constituida bajo las leyes de Costa Rica, con número de registro mercantil: CE-2024-206981, con domicilio social en: Mata Redonda, Boulevard Ernesto Rohrmoser, Edificio Sabana Business Center, Piso Doce, Diagonal al Estadio Dacional, San José, Costa Rica. El objeto social de la empresa es organizar, comercializar, promover, gestionar, apoyar y operar todo tipo de actividades de juego a distancia, incluyendo todo tipo de juegos, apuestas y otras operaciones de intercambio de apuestas, casinos interactivos, bingos, loterías, póquer y otros juegos interactivos.
La empresa es propietaria y opera los casinos en línea www.playwave.club y www.fortunejack.com.
Con el fin de llevar a cabo sus actividades en pleno cumplimiento de los requisitos de ética empresarial, la empresa ha desarrollado una política de «Prevención del blanqueo de capitales» con respecto al funcionamiento de www.playwave.club y www.fortunejack. com (en adelante, la política), que se basa en las mejores prácticas y normas internacionales, incluidas las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y la cuarta Directiva 2015/849 de la Unión Europea (UE) sobre requisitos legales y reglamentarios.
El objetivo de esta política es diseñar e implementar los procedimientos y controles necesarios para mitigar los riesgos de que la empresa sea utilizada en relación con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
La Política ha sido aprobada por el director actual de la empresa en la fecha indicada en la primera página de la misma y está sujeta a revisión anual, si fuera necesario.
2. Definición de términos
Blanqueo de capitales: la legalización de ingresos ilícitos (adquisición, uso, transferencia u otra acción), así como la ocultación o encubrimiento de su verdadero origen, propietario o poseedor y/o derechos de propiedad y/o intento de cometer tal acto.
Financiación del terrorismo: cualquier transacción realizada directa o indirectamente, por cualquier persona, de cualquier manera ilegal e intencionada (independientemente de la cantidad de dinero), con el fin de obtener o recaudar fondos destinados a financiar el terrorismo y/o actos de terrorismo. En algunos casos, puede extenderse también a fuentes obtenidas legalmente.
Ingresos ilícitos: bienes ilegales y/o no documentados que son propiedad o están en posesión de una persona.
Relación comercial: relación comercial, profesional o mercantil entre la empresa y un cliente que surge de la actividad comercial de la empresa y existe en el momento en que se establece el contacto. Dicha relación se produce cuando el cliente registra una cuenta de monedero de criptomonedas con la empresa.
Identificación: obtención de información sobre un cliente que permita distinguirlo de otras personas, si fuera necesario.
Verificación: comprobar, sobre la base de documentos o información, la identificación del cliente. Los documentos expedidos o facilitados por un organismo oficial son suficientes a efectos de verificación.
Transacción sospechosa: transacción (independientemente de su importe y tipo) respecto de la cual existen motivos razonables para sospechar que se ha realizado o llevado a cabo con el fin de legalizar ingresos ilícitos y/o que los bienes (incluidos los fondos) en los que se basa la transacción, han sido obtenidos o proceden de actividades delictivas, y/o que la transacción se ha realizado con fines de financiación del terrorismo (una de las partes de la transacción o el origen del importe de la transacción es sospechoso, o existen otros motivos por los que la transacción puede considerarse sospechosa), o que alguna de las partes de la transacción figura en la lista de terroristas o personas que apoyan el terrorismo y/o puede estar relacionada con ellos, y/o el importe de la transacción puede estar relacionado con el terrorismo, actos terroristas o utilizados por terroristas u organizaciones terroristas o por entidades que financian el terrorismo, o que la dirección legal o real o el lugar de residencia de una de las partes de la transacción se encuentra en un país de alto riesgo, o que el importe de la transacción se transfiere desde o hacia un país de alto riesgo;
Persona políticamente expuesta: persona a la que se le han encomendado funciones públicas destacadas, que no sean funcionarios de rango medio o inferior, incluidas las siguientes personas:
Jefes de Estado, jefes de Gobierno, ministros y viceministros o ministros adjuntos;
Miembros del Parlamento o de órganos legislativos similares;
Miembros de los órganos rectores de partidos políticos;
Miembros de tribunales supremos, tribunales constitucionales u otros órganos judiciales de alto nivel cuyas decisiones no sean susceptibles de recurso, salvo en circunstancias excepcionales;
Miembros de tribunales de cuentas o de los consejos de bancos centrales;
Embajadores, encargados de negocios y oficiales de alto rango de las fuerzas armadas;
Miembros de los órganos administrativos, de gestión o de supervisión de empresas estatales;
Directores, subdirectores y miembros del consejo de administración o de órganos equivalentes de una organización internacional.Las siguientes personas también se consideran PEP en virtud de su relación o asociación con las personas enumeradas anteriormente:
Familiares de las personas mencionadas anteriormente, incluidos cónyuges, parejas, hijos y sus cónyuges o parejas, y padres;
Personas conocidas como allegadas a las personas mencionadas anteriormente, incluidas aquellas con las que se tiene la propiedad efectiva conjunta de una entidad jurídica o un acuerdo jurídico, con las que se mantienen estrechas relaciones comerciales o que son el único propietario efectivo de una entidad jurídica o un acuerdo establecido en beneficio de la PEP.
3. Sistema de control interno
Para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, la empresa cuenta con un sistema de control interno eficaz, que consta de los siguientes componentes:
Política y procedimientos internos;
Responsabilidades del personal;
Enfoque basado en el riesgo;
Diligence debida con los clientes (CDD);
Cese de transacciones o terminación de relaciones comerciales;
Mantenimiento de registros;
Selección y formación del personal;
Aprobación de nuevos productos y servicios.
4. Política y procedimientos internos
Esta política es la base del sistema de control interno, que define los principios generales para la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, las responsabilidades y los mecanismos de control. Además de esta política, la empresa cuenta con procedimientos internos adicionales que definen mecanismos de control detallados.
El procedimiento de «diligencia debida con los clientes» descrito en la sección 7 de esta política es parte integrante de la misma y constituye la base del proceso de identificación, verificación y seguimiento continuo de los clientes. Además, la empresa cuenta con un «procedimiento de identificación de clientes» y un «procedimiento de seguimiento de las transacciones» independientes, que proporcionan instrucciones operativas detalladas para el establecimiento de relaciones comerciales.
Esta política está a disposición de todos los empleados y de los terceros con los que la empresa tiene contrato, si así lo solicitan dichos terceros, mientras que los procedimientos operativos solo son accesibles para uso interno.
5. Responsabilidades del personal
La empresa nombra a un accionista gerente como responsable de supervisar el cumplimiento de los requisitos de esta política.
La empresa también designa al empleado o contrata a una empresa externa responsable del control del blanqueo de capitales (en adelante, el «empleado responsable»), cuyas responsabilidades incluyen lo siguiente:
Implementar y mantener el sistema de control interno definido en esta política.
Implementar y controlar el «Procedimiento de identificación de clientes», el «Procedimiento de supervisión de transacciones» y otros procedimientos internos relacionados con esta política.
Supervisar el proceso de identificación de los clientes y las transacciones realizadas.
Informar al accionista gerente responsable de la empresa sobre las cuestiones relacionadas con los controles contra el blanqueo de capitales y las transacciones sospechosas de los clientes;
Impartir formación sobre la lucha contra el blanqueo de capitales a los empleados de la empresa;
Ejecutar cualquier otra función relacionada con los controles contra el blanqueo de capitales en la empresa.El empleado responsable tiene derecho a solicitar y recibir cualquier información o documento de cualquier empleado de la empresa que sea necesario para el desempeño de las funciones mencionadas anteriormente.
Para el desempeño eficaz de sus funciones, la empresa proporciona al empleado responsable todos los recursos necesarios, incluidas las herramientas técnicas y informáticas adecuadas y las bases de datos comerciales para el almacenamiento seguro de la información, la documentación, etc.
Junto con el empleado responsable, la eficiencia del sistema de control del blanqueo de capitales es responsabilidad de los accionistas directores de la empresa. Asimismo, la implementación de herramientas de control independientes es responsabilidad de los empleados que participan directamente en el establecimiento de relaciones comerciales con los clientes.
6. Enfoque basado en el riesgo
Con el fin de establecer y mantener políticas, procedimientos y controles proporcionados para mitigar y gestionar el riesgo de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo al que está sujeta la actividad de la empresa, esta ha desarrollado un sistema eficaz de gestión de riesgos.
La empresa toma las medidas adecuadas para identificar y evaluar los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, teniendo en cuenta los siguientes factores de riesgo:
Riesgo país o geográfico;
Riesgo de transacción;
Riesgo de producto o servicio.
6.1. Riesgo país o geográfico
La empresa asume que algunos países presentan un riesgo inherentemente mayor de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo que otros. El riesgo país o geográfico se define en función del país de ciudadanía, residencia o ubicación del cliente. Para determinar que un país y los clientes de ese país presentan un riesgo más elevado, la empresa utiliza su propia experiencia y tiene en cuenta otras fuentes de información fiables, como la información disponible del GAFI y de organizaciones no gubernamentales que pueden proporcionar una guía útil sobre la percepción de la corrupción en la mayoría de los países.
Los países que se consideran con un riesgo inherentemente mayor de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo se enumeran en el anexo n.º 1 de la presente política. Para determinar los riesgos por país o geográficos del cliente, la empresa obtiene información sobre la ubicación del cliente mediante la supervisión de las direcciones de protocolo de Internet (IP) utilizadas por el cliente para acceder a las instalaciones de juego de la empresa: www.playwave.club y www.fortunejack.com. La empresa también verifica la ubicación y la residencia del cliente comprobando el país a través del número de teléfono móvil indicado por el cliente. La empresa también determinará la ciudadanía y la residencia del cliente durante el proceso de identificación y verificación, de conformidad con las secciones 7.1. y 7.2. de esta política. En caso de que el cliente sea ciudadano o residente de uno de los países enumerados en el anexo n.º 1 de esta política, o su dirección IP se encuentre en uno de ellos, se le asignará la categoría de alto riesgo y estará sujeto a la diligencia debida reforzada descrita en la sección 7.5 de esta política.
6.2. Riesgo de transacción
El riesgo relacionado con las transacciones se asigna al cliente en función de las transacciones, las actividades de la cuenta, los productos, los servicios y los juegos en los que participa. La empresa tiene en cuenta los aspectos operativos mencionados anteriormente que pueden utilizarse para facilitar el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
La empresa ha desarrollado los siguientes controles internos para mitigar los posibles riesgos de transacción:Requisito de apuesta: el cliente debe apostar dos veces el importe del depósito para obtener la aprobación de la empresa para retirar cualquier cantidad de su monedero criptográfico registrado en la empresa.
Transferencias entre clientes: se restringe a los clientes la transferencia de fondos entre ellos.
Cuentas múltiples de monederos criptográficos: se prohíbe a los clientes abrir varias cuentas de monederos criptográficos, que pueden utilizarse indebidamente para ocultar sus niveles de gasto.La empresa supervisa todas las transacciones realizadas a través de las cuentas de monederos criptográficos de los clientes. El proceso de supervisión de las transacciones permite a la empresa detectar transacciones vinculadas, que se analizan y supervisan posteriormente. Si, sobre la base de esta supervisión, se identifica una actividad de alto riesgo por parte del cliente, la empresa le asigna la categoría de alto riesgo y lleva a cabo una diligencia debida reforzada, tal y como se describe en la sección 7.5 de la presente política.
La empresa asume que aceptar criptomonedas en las cuentas de monederos electrónicos de los clientes supone un riesgo mayor, por lo que ha implementado un software específico de supervisión de transacciones en cadenas de bloques, «Chainalysis Know Your Transaction» (KYT), para mitigar dicho riesgo. KYT proporciona un filtrado en tiempo real para identificar actividades potencialmente de alto riesgo y permite a la empresa tomar medidas antes de procesar retiradas o abonar depósitos.
A continuación se presentan algunos ejemplos de transacciones de alto riesgo:
Asociación con mercados de la darknet.
Mezcla de monedas/ofuscación del origen o destino de los fondos;
Intercambios no cooperativos.
6.3. Riesgo del producto o servicio
El riesgo de los productos o servicios incluye la consideración de las características y particularidades de los productos y servicios ofrecidos por la empresa. La empresa asume que algunos productos y servicios pueden presentar un riesgo inherentemente mayor de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo que otros. Entre estos productos y servicios se incluyen los juegos en los que dos o más personas realizan apuestas opuestas, equivalentes o casi equivalentes.
Los productos y servicios con las características mencionadas anteriormente, que se consideran de mayor riesgo, están sujetos a una supervisión reforzada con el fin de detectar las actividades en las que los clientes utilizan indebidamente determinados juegos para transferir valor perdiendo deliberadamente frente a la persona a la que desean transferir los fondos.
7. Diligencia debida con respecto al cliente (CDD)
El requisito clave de esta política es realizar comprobaciones de identidad de los clientes, lo que se conoce como diligencia debida con respecto al cliente o CDD.
La empresa aplica medidas de CDD a los clientes si:
El cliente realiza una transacción de retirada de fondos de su monedero criptográfico abierto y mantenido en la empresa, que supere el equivalente a 10 000,00 USD en la criptomoneda correspondiente si se retira en una sola transacción, o el equivalente a 100 000,00 USD en la criptomoneda correspondiente si se retira en total durante un mes natural.
La empresa duda de la veracidad o la adecuación de los documentos o la información obtenidos previamente con fines de identificación o verificación.
La empresa sospecha de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo.Las medidas de CDD consisten en:
Identificar al cliente.
Verificar la identidad del cliente.
Cuando exista un beneficiario efectivo que no sea el cliente, identificar al beneficiario efectivo y tomar medidas razonables para verificar su identidad, de modo que la empresa tenga la certeza de saber quién es el beneficiario efectivo;
Evaluar y, cuando proceda, obtener información sobre la finalidad y la naturaleza prevista de la relación comercial.Cuando una persona afirme actuar en nombre de un cliente (por ejemplo, un agente), la empresa:
Verifica que la persona está autorizada para actuar en nombre del cliente.
Identifica a la persona.
Verifica la identidad de la persona basándose en documentos o información que, en cualquier caso, se obtengan de una fuente fiable independiente tanto de la persona como del cliente.
7.1. Identificación
La empresa identifica a sus clientes solicitándoles información personal, que puede incluir el nombre, la dirección y la fecha de nacimiento, o utilizando otras fuentes de identidad, tales como:
Documentos de identidad, por ejemplo, pasaportes, documentos de identidad y permisos de conducir presentados por los clientes;
Otras formas de confirmación, incluidas las garantías de entidades del sector regulado (por ejemplo, bancos).La empresa también puede obtener información del cliente sobre su ocupación, fuente de fondos y fuente de ingresos. La empresa utiliza esta información en el proceso de supervisión continua para evaluar si el nivel de juego de un cliente es proporcional a sus ingresos aproximados o si es sospechoso.
7.2. Verificación
La empresa también puede obtener información del cliente sobre su ocupación, fuente de fondos y fuente de ingresos. La empresa utiliza esta información en el proceso de supervisión continua para evaluar si el nivel de juego de un cliente es proporcional a sus ingresos aproximados o si resulta sospechoso.
La información sobre la identidad del cliente se verifica mediante documentos, datos e información obtenidos del cliente por medios electrónicos. En este proceso, la empresa se basa en documentos emitidos por una fuente autorizada que pueden evaluarse con arreglo a las directrices oficiales y publicadas sobre documentos de identidad. Solo se consideran fiables los documentos emitidos por departamentos y organismos gubernamentales que contengan una fotografía. Si los documentos están en un idioma extranjero, la empresa solicita al cliente que garantice la traducción de las secciones pertinentes.
La empresa obtiene la confirmación de la dirección del cliente de las siguientes fuentes:
una fuente oficial del gobierno extranjero;
un directorio de direcciones de buena reputación;
una persona sujeta a la normativa contra el blanqueo de capitales en el país donde reside el cliente (por ejemplo, un casino o un banco) que confirme que conoce al cliente y que este vive o trabaja en la dirección extranjera facilitada.Además de la comprobación de documentos, la empresa también utiliza un sistema electrónico fiable como método de verificación. Este sistema proporciona pruebas satisfactorias de identidad utilizando datos de múltiples fuentes y a lo largo del tiempo, e incorporando controles cualitativos que evalúan la solidez de la información proporcionada.
7.3. Personas políticamente expuestas (PEP)
En combinación con la comprobación de documentos, la empresa también utiliza un sistema electrónico fiable como método de verificación. Este sistema proporciona pruebas satisfactorias de identidad utilizando datos de múltiples fuentes y a lo largo del tiempo, e incorporando controles cualitativos que evalúan la solidez de la información proporcionada.
Una vez que la empresa identifica al cliente de conformidad con los principios de esta política, determina si el cliente o su beneficiario efectivo pertenecen a la categoría de personas políticamente expuestas, de acuerdo con la definición proporcionada en la sección 2 de esta política. La información se obtiene del cliente, así como mediante la verificación del nombre del cliente en fuentes de acceso público y/o bases de datos comerciales especializadas.
Cuando la empresa haya determinado que un cliente o un cliente potencial es una PEP, o un familiar o socio cercano conocido de una PEP, la empresa:
Asigna la categoría de alto riesgo al cliente;
Evalúa el alcance de las medidas de diligencia debida reforzadas que deben aplicarse en relación con ese cliente;
Obtiene la aprobación de la alta dirección para establecer la relación comercial;
Adopta las medidas adecuadas para determinar el origen del patrimonio y de los fondos que intervienen en la relación comercial o las transacciones propuestas con esa persona;
Realiza un seguimiento continuo reforzado de la relación comercial con esa persona.Cuando una persona física que era un PEP ya no desempeña una función pública destacada, la empresa seguirá aplicando los requisitos para los PEP durante un período mínimo de 12 meses a partir de la fecha en que la persona dejó de desempeñar la función pública.
7.4. Medidas simplificadas de diligencia debida con respecto al cliente
Las medidas definidas en esta sección solo son aplicables a los clientes a los que se ha asignado una categoría de riesgo baja o media.
De acuerdo con las medidas SDD, la identificación del cliente se realiza sobre la base de la información de identificación facilitada por el cliente a través de los canales electrónicos de comunicación. Al aplicar este método, la empresa obtiene la siguiente información sobre el cliente en el momento del proceso de registro de la cuenta de criptomonedas:
Dirección de correo electrónico;
Número de teléfono móvil, solo en caso de que el cliente desee participar en el programa de bonificaciones.Al aplicar la SDD, no es necesario obtener una copia de los documentos de identificación del cliente ni verificar los datos de identificación.
7.5. Medidas reforzadas de diligencia debida con los clientes
La empresa aplica medidas reforzadas de diligencia debida con los clientes y un seguimiento continuo reforzado, además de las medidas de CDD requeridas, para gestionar y mitigar los riesgos de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo que surjan en los siguientes casos:
En cualquier caso identificado por la empresa en el que exista un alto riesgo de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo;
En cualquier relación comercial o transacción con un cliente situado en un tercer país de alto riesgo incluido en el anexo 1 de la presente política;
Si la empresa ha determinado que un cliente o un cliente potencial es una PEP, o un familiar o socio cercano conocido de una PEP;
En cualquier caso en que la empresa descubra que un cliente ha proporcionado documentación o información de identificación falsa o robada y la empresa proponga seguir tratando con el cliente;
En cualquier caso en que una transacción sea compleja o inusualmente grande, o exista un patrón inusual de transacciones, y la transacción o transacciones no tengan un propósito económico o legal aparente;
En cualquier otro caso que, por su naturaleza, pueda presentar un mayor riesgo de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo.Estas medidas reforzadas incluyen:
Examinar los antecedentes y la finalidad de la transacción, en la medida en que sea razonablemente posible;
Aumentar el grado y la naturaleza de la supervisión de la relación comercial en la que se realiza la transacción, para determinar si la transacción o la relación parecen sospechosas;
Buscar fuentes independientes y fiables adicionales para verificar la información proporcionada o puesta a disposición de la empresa;
Adoptar medidas adicionales para comprender mejor los antecedentes, la propiedad y la situación financiera del cliente y de otras partes de la transacción;
Tomar medidas adicionales para asegurarse de que la transacción es coherente con el propósito y la naturaleza prevista de la relación comercial.
Aumentar la supervisión de la relación comercial, incluyendo un mayor escrutinio de la transacción.
Una videollamada o llamada de voz con el cliente por cualquier medio de comunicación electrónica.
7.6. Verificación de los clientes con las listas de sanciones
Una vez que la empresa identifica al cliente de conformidad con los principios de esta política, comprueba el nombre del cliente en las listas internacionales de sanciones.
La empresa utiliza bases de datos comerciales específicas para verificar los nombres de los clientes.
Si se encuentra una coincidencia con el nombre sancionado, se detiene el proceso de establecimiento de la relación comercial y el empleado responsable analiza el caso. Sobre la base de los análisis y la información adicional obtenida, el empleado responsable decide cómo proceder con la transacción o la relación comercial.
Si alguna de las partes implicadas en la transacción figura en la lista de terroristas, el empleado responsable deberá informar inmediatamente a la alta dirección. En tales casos, la relación comercial con el cliente se rescinde inmediatamente y la alta dirección decide informar del caso a las autoridades públicas competentes.
8. Cese de la transacción o rescisión de la relación comercial
Cuando la empresa no pueda aplicar las medidas de DDC necesarias en relación con un cliente concreto, la empresa:
No realizará ninguna transacción con el cliente o en su nombre a través de una cuenta de monedero criptográfico.
No establecerá ninguna relación comercial con el cliente.
Rescindirá cualquier relación comercial existente con el cliente.Cuando la empresa no pueda completar las medidas de CDD requeridas en relación con un cliente concreto en el momento en que se alcance el umbral de CDD para las transacciones, y por lo tanto se le exija cesar las transacciones o rescindir la relación comercial con el cliente, la empresa adoptará el siguiente procedimiento:
En el momento en que se alcance el umbral, la empresa depositará todos los fondos adeudados al cliente en una cuenta (o equivalente) de la que no se puedan realizar retiradas;
Se realizan nuevos depósitos en esa cuenta, siempre que también queden bloqueados en ella hasta que se complete la CDD.
Las apuestas se realizan desde la cuenta, siempre que las ganancias queden bloqueadas hasta que se complete la CDD.
Una vez completada la CDD, se desbloquea la cuenta y se continúa con la actividad comercial con normalidad.Si el reembolso se va a realizar a otra cuenta (ya sea parcial o totalmente), se lleva a cabo una evaluación del riesgo de la transacción que tiene en cuenta información como:
Destinos múltiples: ¿solicita el cliente que el dinero se envíe a varias cuentas?
Destino de alto riesgo: ¿solicita el cliente que el dinero se devuelva a un país en el que existe una preocupación significativa por el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo?La empresa lleva a cabo un seguimiento continuo de estos casos y, si es necesario, considera la posibilidad de comunicar los resultados a los servicios de control del fraude pertinentes del sector público y privado.
Los clientes son informados detalladamente de los procedimientos mencionados anteriormente cuando se registran por primera vez en la empresa, para que no haya malentendidos en una fase posterior.
9. Conservación de registros
La empresa cuenta con un procedimiento de conservación de registros para garantizar que exista un registro de auditoría que pueda ayudar en cualquier investigación financiera por parte de un organismo encargado de hacer cumplir la ley.
El procedimiento de conservación de registros de la empresa abarca los registros en las siguientes áreas relevantes para esta política:
Detalles de cómo ha supervisado el cumplimiento el empleado responsable;
Delegación de tareas AML/CTF por parte del empleado responsable;
Informes del empleado responsable a la alta dirección;
Información de identificación y verificación de los clientes;
Documentos justificativos relativos a las relaciones comerciales;
Documentos de formación de los empleados.La empresa garantiza que la información, los documentos y las pruebas de las transacciones mencionados anteriormente se conservarán durante cinco años a partir de la realización de la transacción.
La información se registra, sistematiza y archiva de manera que, cuando sea necesario, pueda encontrarse y recuperarse en el menor tiempo posible.
10. Selección y formación del personal
Teniendo en cuenta que el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo suelen contar con la ayuda de empleados de operadores de juegos de azar, la empresa aplica medidas reforzadas de identificación de los candidatos en el proceso de selección. En este proceso se presta especial atención a la reputación, la cualificación y la honestidad del candidato.
Todos los empleados de la empresa que participan en el proceso de establecimiento de una relación comercial con el cliente reciben formación personalizada en el plazo de un mes desde su contratación y reciben formación continua cada año. El empleado responsable de la empresa participa en cursos de formación profesional al menos una vez al año. La formación tiene el nivel adecuado para sensibilizar a los empleados sobre las obligaciones definidas en esta política.
La empresa se asegura de que los empleados pertinentes conozcan y comprendan:
Sus responsabilidades en virtud de las políticas y procedimientos de la empresa para la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo;
Los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo a los que se enfrenta la empresa y cada uno de sus productos y servicios;
Los procedimientos de la empresa para gestionar esos riesgos;
La identidad, la función y las responsabilidades del empleado responsable, y lo que debe hacerse en su ausencia;
Cómo lleva a cabo la empresa el CDD;
Cómo se identificará a las PEP, a los familiares de las PEP y a los asociados cercanos conocidos de las PEP, y cómo distinguir a las PEP que presentan un riesgo relativamente mayor de las que presentan un riesgo relativamente menor.
11. Aprobación de nuevos productos y servicios
Si la empresa diseña nuevos productos o servicios para sus clientes o modifica de forma significativa los productos o servicios existentes, antes de implementar dichos cambios, la empresa deberá llevar a cabo una evaluación de los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. El empleado responsable participará en el proceso de evaluación de riesgos, cuyas recomendaciones se tendrán en cuenta antes de la aprobación definitiva del diseño del producto o servicio.
La evaluación del riesgo de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo también es obligatoria si la empresa considera la segmentación de los servicios o el uso de una empresa intermediaria.
Anexo n.º 1: Países de alto riesgo
# Country Country Code 1 Islamic Republic of Afghanistan AF 2 Anguilla AI 3 Antigua and Barbuda AG 4 Bosnia and Herzegovina BA 5 Commonwealth of Dominica DM 6 Republic of Iraq IQ 7 Vanuatu VU 8 Turks Caicos Islands TC 9 Republic of Yemen YE 10 Islamic Republic of Iran IR 11 Cayman Islands KY 12 Republic of Colombia CO 13 Democratic People's Republic of Korea (north Korea) KP 14 Lao People's Democratic Republic LA 15 Federal Republic of Nigeria NG 16 Saint Vincent and the Grenadines VC 17 Federation of Saint Christopher and Nevis KN 18 Republic of Seychelles SC 19 Syrian Arab Republic SY 20 Republic of Tajikistan TJ 21 Republic of Uganda UG
Términos y condiciones
Política de Privacidad
Política de autoexclusión
Términos y Condiciones de Deportes
T&C del Bono
Juegos excluidos del bono
Afiliados
Términos de juego responsable
Política de AML
Política AML
Última actualización: 19 de noviembre de 2024
1. Introducción
PlayWave Sociedad de Responsabilidad Limitada es una empresa constituida bajo las leyes de Costa Rica, con número de registro mercantil: CE-2024-206981, con domicilio social en: Mata Redonda, Boulevard Ernesto Rohrmoser, Edificio Sabana Business Center, Piso Doce, Diagonal al Estadio Dacional, San José, Costa Rica. El objeto social de la empresa es organizar, comercializar, promover, gestionar, apoyar y operar todo tipo de actividades de juego a distancia, incluyendo todo tipo de juegos, apuestas y otras operaciones de intercambio de apuestas, casinos interactivos, bingos, loterías, póquer y otros juegos interactivos.
La empresa es propietaria y opera los casinos en línea www.playwave.club y www.fortunejack.com.
Con el fin de llevar a cabo sus actividades en pleno cumplimiento de los requisitos de ética empresarial, la empresa ha desarrollado una política de «Prevención del blanqueo de capitales» con respecto al funcionamiento de www.playwave.club y www.fortunejack. com (en adelante, la política), que se basa en las mejores prácticas y normas internacionales, incluidas las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y la cuarta Directiva 2015/849 de la Unión Europea (UE) sobre requisitos legales y reglamentarios.
El objetivo de esta política es diseñar e implementar los procedimientos y controles necesarios para mitigar los riesgos de que la empresa sea utilizada en relación con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
La Política ha sido aprobada por el director actual de la empresa en la fecha indicada en la primera página de la misma y está sujeta a revisión anual, si fuera necesario.
2. Definición de términos
Blanqueo de capitales: la legalización de ingresos ilícitos (adquisición, uso, transferencia u otra acción), así como la ocultación o encubrimiento de su verdadero origen, propietario o poseedor y/o derechos de propiedad y/o intento de cometer tal acto.
Financiación del terrorismo: cualquier transacción realizada directa o indirectamente, por cualquier persona, de cualquier manera ilegal e intencionada (independientemente de la cantidad de dinero), con el fin de obtener o recaudar fondos destinados a financiar el terrorismo y/o actos de terrorismo. En algunos casos, puede extenderse también a fuentes obtenidas legalmente.
Ingresos ilícitos: bienes ilegales y/o no documentados que son propiedad o están en posesión de una persona.
Relación comercial: relación comercial, profesional o mercantil entre la empresa y un cliente que surge de la actividad comercial de la empresa y existe en el momento en que se establece el contacto. Dicha relación se produce cuando el cliente registra una cuenta de monedero de criptomonedas con la empresa.
Identificación: obtención de información sobre un cliente que permita distinguirlo de otras personas, si fuera necesario.
Verificación: comprobar, sobre la base de documentos o información, la identificación del cliente. Los documentos expedidos o facilitados por un organismo oficial son suficientes a efectos de verificación.
Transacción sospechosa: transacción (independientemente de su importe y tipo) respecto de la cual existen motivos razonables para sospechar que se ha realizado o llevado a cabo con el fin de legalizar ingresos ilícitos y/o que los bienes (incluidos los fondos) en los que se basa la transacción, han sido obtenidos o proceden de actividades delictivas, y/o que la transacción se ha realizado con fines de financiación del terrorismo (una de las partes de la transacción o el origen del importe de la transacción es sospechoso, o existen otros motivos por los que la transacción puede considerarse sospechosa), o que alguna de las partes de la transacción figura en la lista de terroristas o personas que apoyan el terrorismo y/o puede estar relacionada con ellos, y/o el importe de la transacción puede estar relacionado con el terrorismo, actos terroristas o utilizados por terroristas u organizaciones terroristas o por entidades que financian el terrorismo, o que la dirección legal o real o el lugar de residencia de una de las partes de la transacción se encuentra en un país de alto riesgo, o que el importe de la transacción se transfiere desde o hacia un país de alto riesgo;
Persona políticamente expuesta: persona a la que se le han encomendado funciones públicas destacadas, que no sean funcionarios de rango medio o inferior, incluidas las siguientes personas:
Jefes de Estado, jefes de Gobierno, ministros y viceministros o ministros adjuntos;
Miembros del Parlamento o de órganos legislativos similares;
Miembros de los órganos rectores de partidos políticos;
Miembros de tribunales supremos, tribunales constitucionales u otros órganos judiciales de alto nivel cuyas decisiones no sean susceptibles de recurso, salvo en circunstancias excepcionales;
Miembros de tribunales de cuentas o de los consejos de bancos centrales;
Embajadores, encargados de negocios y oficiales de alto rango de las fuerzas armadas;
Miembros de los órganos administrativos, de gestión o de supervisión de empresas estatales;
Directores, subdirectores y miembros del consejo de administración o de órganos equivalentes de una organización internacional.
Las siguientes personas también se consideran PEP en virtud de su relación o asociación con las personas enumeradas anteriormente:
Familiares de las personas mencionadas anteriormente, incluidos cónyuges, parejas, hijos y sus cónyuges o parejas, y padres;
Personas conocidas como allegadas a las personas mencionadas anteriormente, incluidas aquellas con las que se tiene la propiedad efectiva conjunta de una entidad jurídica o un acuerdo jurídico, con las que se mantienen estrechas relaciones comerciales o que son el único propietario efectivo de una entidad jurídica o un acuerdo establecido en beneficio de la PEP.
3. Sistema de control interno
Para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, la empresa cuenta con un sistema de control interno eficaz, que consta de los siguientes componentes:
Política y procedimientos internos;
Responsabilidades del personal;
Enfoque basado en el riesgo;
Diligence debida con los clientes (CDD);
Cese de transacciones o terminación de relaciones comerciales;
Mantenimiento de registros;
Selección y formación del personal;
Aprobación de nuevos productos y servicios.
4. Política y procedimientos internos
Esta política es la base del sistema de control interno, que define los principios generales para la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, las responsabilidades y los mecanismos de control. Además de esta política, la empresa cuenta con procedimientos internos adicionales que definen mecanismos de control detallados.
El procedimiento de «diligencia debida con los clientes» descrito en la sección 7 de esta política es parte integrante de la misma y constituye la base del proceso de identificación, verificación y seguimiento continuo de los clientes. Además, la empresa cuenta con un «procedimiento de identificación de clientes» y un «procedimiento de seguimiento de las transacciones» independientes, que proporcionan instrucciones operativas detalladas para el establecimiento de relaciones comerciales.
Esta política está a disposición de todos los empleados y de los terceros con los que la empresa tiene contrato, si así lo solicitan dichos terceros, mientras que los procedimientos operativos solo son accesibles para uso interno.
5. Responsabilidades del personal
La empresa nombra a un accionista gerente como responsable de supervisar el cumplimiento de los requisitos de esta política.
La empresa también designa al empleado o contrata a una empresa externa responsable del control del blanqueo de capitales (en adelante, el «empleado responsable»), cuyas responsabilidades incluyen lo siguiente:
Implementar y mantener el sistema de control interno definido en esta política.
Implementar y controlar el «Procedimiento de identificación de clientes», el «Procedimiento de supervisión de transacciones» y otros procedimientos internos relacionados con esta política.
Supervisar el proceso de identificación de los clientes y las transacciones realizadas.
Informar al accionista gerente responsable de la empresa sobre las cuestiones relacionadas con los controles contra el blanqueo de capitales y las transacciones sospechosas de los clientes;
Impartir formación sobre la lucha contra el blanqueo de capitales a los empleados de la empresa;
Ejecutar cualquier otra función relacionada con los controles contra el blanqueo de capitales en la empresa.
El empleado responsable tiene derecho a solicitar y recibir cualquier información o documento de cualquier empleado de la empresa que sea necesario para el desempeño de las funciones mencionadas anteriormente.
Para el desempeño eficaz de sus funciones, la empresa proporciona al empleado responsable todos los recursos necesarios, incluidas las herramientas técnicas y informáticas adecuadas y las bases de datos comerciales para el almacenamiento seguro de la información, la documentación, etc.
Junto con el empleado responsable, la eficiencia del sistema de control del blanqueo de capitales es responsabilidad de los accionistas directores de la empresa. Asimismo, la implementación de herramientas de control independientes es responsabilidad de los empleados que participan directamente en el establecimiento de relaciones comerciales con los clientes.
6. Enfoque basado en el riesgo
Con el fin de establecer y mantener políticas, procedimientos y controles proporcionados para mitigar y gestionar el riesgo de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo al que está sujeta la actividad de la empresa, esta ha desarrollado un sistema eficaz de gestión de riesgos.
La empresa toma las medidas adecuadas para identificar y evaluar los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, teniendo en cuenta los siguientes factores de riesgo:
Riesgo país o geográfico;
Riesgo de transacción;
Riesgo de producto o servicio.
6.1. Riesgo país o geográfico
La empresa asume que algunos países presentan un riesgo inherentemente mayor de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo que otros. El riesgo país o geográfico se define en función del país de ciudadanía, residencia o ubicación del cliente. Para determinar que un país y los clientes de ese país presentan un riesgo más elevado, la empresa utiliza su propia experiencia y tiene en cuenta otras fuentes de información fiables, como la información disponible del GAFI y de organizaciones no gubernamentales que pueden proporcionar una guía útil sobre la percepción de la corrupción en la mayoría de los países.
Los países que se consideran con un riesgo inherentemente mayor de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo se enumeran en el anexo n.º 1 de la presente política. Para determinar los riesgos por país o geográficos del cliente, la empresa obtiene información sobre la ubicación del cliente mediante la supervisión de las direcciones de protocolo de Internet (IP) utilizadas por el cliente para acceder a las instalaciones de juego de la empresa: www.playwave.club y www.fortunejack.com. La empresa también verifica la ubicación y la residencia del cliente comprobando el país a través del número de teléfono móvil indicado por el cliente. La empresa también determinará la ciudadanía y la residencia del cliente durante el proceso de identificación y verificación, de conformidad con las secciones 7.1. y 7.2. de esta política. En caso de que el cliente sea ciudadano o residente de uno de los países enumerados en el anexo n.º 1 de esta política, o su dirección IP se encuentre en uno de ellos, se le asignará la categoría de alto riesgo y estará sujeto a la diligencia debida reforzada descrita en la sección 7.5 de esta política.
6.2. Riesgo de transacción
El riesgo relacionado con las transacciones se asigna al cliente en función de las transacciones, las actividades de la cuenta, los productos, los servicios y los juegos en los que participa. La empresa tiene en cuenta los aspectos operativos mencionados anteriormente que pueden utilizarse para facilitar el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
La empresa ha desarrollado los siguientes controles internos para mitigar los posibles riesgos de transacción:
Requisito de apuesta: el cliente debe apostar dos veces el importe del depósito para obtener la aprobación de la empresa para retirar cualquier cantidad de su monedero criptográfico registrado en la empresa.
Transferencias entre clientes: se restringe a los clientes la transferencia de fondos entre ellos.
Cuentas múltiples de monederos criptográficos: se prohíbe a los clientes abrir varias cuentas de monederos criptográficos, que pueden utilizarse indebidamente para ocultar sus niveles de gasto.
La empresa supervisa todas las transacciones realizadas a través de las cuentas de monederos criptográficos de los clientes. El proceso de supervisión de las transacciones permite a la empresa detectar transacciones vinculadas, que se analizan y supervisan posteriormente. Si, sobre la base de esta supervisión, se identifica una actividad de alto riesgo por parte del cliente, la empresa le asigna la categoría de alto riesgo y lleva a cabo una diligencia debida reforzada, tal y como se describe en la sección 7.5 de la presente política.
La empresa asume que aceptar criptomonedas en las cuentas de monederos electrónicos de los clientes supone un riesgo mayor, por lo que ha implementado un software específico de supervisión de transacciones en cadenas de bloques, «Chainalysis Know Your Transaction» (KYT), para mitigar dicho riesgo. KYT proporciona un filtrado en tiempo real para identificar actividades potencialmente de alto riesgo y permite a la empresa tomar medidas antes de procesar retiradas o abonar depósitos.
A continuación se presentan algunos ejemplos de transacciones de alto riesgo:
Asociación con mercados de la darknet.
Mezcla de monedas/ofuscación del origen o destino de los fondos;
Intercambios no cooperativos.
6.3. Riesgo del producto o servicio
El riesgo de los productos o servicios incluye la consideración de las características y particularidades de los productos y servicios ofrecidos por la empresa. La empresa asume que algunos productos y servicios pueden presentar un riesgo inherentemente mayor de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo que otros. Entre estos productos y servicios se incluyen los juegos en los que dos o más personas realizan apuestas opuestas, equivalentes o casi equivalentes.
Los productos y servicios con las características mencionadas anteriormente, que se consideran de mayor riesgo, están sujetos a una supervisión reforzada con el fin de detectar las actividades en las que los clientes utilizan indebidamente determinados juegos para transferir valor perdiendo deliberadamente frente a la persona a la que desean transferir los fondos.
7. Diligencia debida con respecto al cliente (CDD)
El requisito clave de esta política es realizar comprobaciones de identidad de los clientes, lo que se conoce como diligencia debida con respecto al cliente o CDD.
La empresa aplica medidas de CDD a los clientes si:
El cliente realiza una transacción de retirada de fondos de su monedero criptográfico abierto y mantenido en la empresa, que supere el equivalente a 10 000,00 USD en la criptomoneda correspondiente si se retira en una sola transacción, o el equivalente a 100 000,00 USD en la criptomoneda correspondiente si se retira en total durante un mes natural.
La empresa duda de la veracidad o la adecuación de los documentos o la información obtenidos previamente con fines de identificación o verificación.
La empresa sospecha de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo.
Las medidas de CDD consisten en:
Identificar al cliente.
Verificar la identidad del cliente.
Cuando exista un beneficiario efectivo que no sea el cliente, identificar al beneficiario efectivo y tomar medidas razonables para verificar su identidad, de modo que la empresa tenga la certeza de saber quién es el beneficiario efectivo;
Evaluar y, cuando proceda, obtener información sobre la finalidad y la naturaleza prevista de la relación comercial.
Cuando una persona afirme actuar en nombre de un cliente (por ejemplo, un agente), la empresa:
Verifica que la persona está autorizada para actuar en nombre del cliente.
Identifica a la persona.
Verifica la identidad de la persona basándose en documentos o información que, en cualquier caso, se obtengan de una fuente fiable independiente tanto de la persona como del cliente.
7.1. Identificación
La empresa identifica a sus clientes solicitándoles información personal, que puede incluir el nombre, la dirección y la fecha de nacimiento, o utilizando otras fuentes de identidad, tales como:
Documentos de identidad, por ejemplo, pasaportes, documentos de identidad y permisos de conducir presentados por los clientes;
Otras formas de confirmación, incluidas las garantías de entidades del sector regulado (por ejemplo, bancos).
La empresa también puede obtener información del cliente sobre su ocupación, fuente de fondos y fuente de ingresos. La empresa utiliza esta información en el proceso de supervisión continua para evaluar si el nivel de juego de un cliente es proporcional a sus ingresos aproximados o si es sospechoso.
7.2. Verificación
La empresa también puede obtener información del cliente sobre su ocupación, fuente de fondos y fuente de ingresos. La empresa utiliza esta información en el proceso de supervisión continua para evaluar si el nivel de juego de un cliente es proporcional a sus ingresos aproximados o si resulta sospechoso.
La información sobre la identidad del cliente se verifica mediante documentos, datos e información obtenidos del cliente por medios electrónicos. En este proceso, la empresa se basa en documentos emitidos por una fuente autorizada que pueden evaluarse con arreglo a las directrices oficiales y publicadas sobre documentos de identidad. Solo se consideran fiables los documentos emitidos por departamentos y organismos gubernamentales que contengan una fotografía. Si los documentos están en un idioma extranjero, la empresa solicita al cliente que garantice la traducción de las secciones pertinentes.
La empresa obtiene la confirmación de la dirección del cliente de las siguientes fuentes:
una fuente oficial del gobierno extranjero;
un directorio de direcciones de buena reputación;
una persona sujeta a la normativa contra el blanqueo de capitales en el país donde reside el cliente (por ejemplo, un casino o un banco) que confirme que conoce al cliente y que este vive o trabaja en la dirección extranjera facilitada.
Además de la comprobación de documentos, la empresa también utiliza un sistema electrónico fiable como método de verificación. Este sistema proporciona pruebas satisfactorias de identidad utilizando datos de múltiples fuentes y a lo largo del tiempo, e incorporando controles cualitativos que evalúan la solidez de la información proporcionada.
7.3. Personas políticamente expuestas (PEP)
En combinación con la comprobación de documentos, la empresa también utiliza un sistema electrónico fiable como método de verificación. Este sistema proporciona pruebas satisfactorias de identidad utilizando datos de múltiples fuentes y a lo largo del tiempo, e incorporando controles cualitativos que evalúan la solidez de la información proporcionada.
Una vez que la empresa identifica al cliente de conformidad con los principios de esta política, determina si el cliente o su beneficiario efectivo pertenecen a la categoría de personas políticamente expuestas, de acuerdo con la definición proporcionada en la sección 2 de esta política. La información se obtiene del cliente, así como mediante la verificación del nombre del cliente en fuentes de acceso público y/o bases de datos comerciales especializadas.
Cuando la empresa haya determinado que un cliente o un cliente potencial es una PEP, o un familiar o socio cercano conocido de una PEP, la empresa:
Asigna la categoría de alto riesgo al cliente;
Evalúa el alcance de las medidas de diligencia debida reforzadas que deben aplicarse en relación con ese cliente;
Obtiene la aprobación de la alta dirección para establecer la relación comercial;
Adopta las medidas adecuadas para determinar el origen del patrimonio y de los fondos que intervienen en la relación comercial o las transacciones propuestas con esa persona;
Realiza un seguimiento continuo reforzado de la relación comercial con esa persona.
Cuando una persona física que era un PEP ya no desempeña una función pública destacada, la empresa seguirá aplicando los requisitos para los PEP durante un período mínimo de 12 meses a partir de la fecha en que la persona dejó de desempeñar la función pública.
7.4. Medidas simplificadas de diligencia debida con respecto al cliente
Las medidas definidas en esta sección solo son aplicables a los clientes a los que se ha asignado una categoría de riesgo baja o media.
De acuerdo con las medidas SDD, la identificación del cliente se realiza sobre la base de la información de identificación facilitada por el cliente a través de los canales electrónicos de comunicación. Al aplicar este método, la empresa obtiene la siguiente información sobre el cliente en el momento del proceso de registro de la cuenta de criptomonedas:
Dirección de correo electrónico;
Número de teléfono móvil, solo en caso de que el cliente desee participar en el programa de bonificaciones.
Al aplicar la SDD, no es necesario obtener una copia de los documentos de identificación del cliente ni verificar los datos de identificación.
7.5. Medidas reforzadas de diligencia debida con los clientes
La empresa aplica medidas reforzadas de diligencia debida con los clientes y un seguimiento continuo reforzado, además de las medidas de CDD requeridas, para gestionar y mitigar los riesgos de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo que surjan en los siguientes casos:
En cualquier caso identificado por la empresa en el que exista un alto riesgo de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo;
En cualquier relación comercial o transacción con un cliente situado en un tercer país de alto riesgo incluido en el anexo 1 de la presente política;
Si la empresa ha determinado que un cliente o un cliente potencial es una PEP, o un familiar o socio cercano conocido de una PEP;
En cualquier caso en que la empresa descubra que un cliente ha proporcionado documentación o información de identificación falsa o robada y la empresa proponga seguir tratando con el cliente;
En cualquier caso en que una transacción sea compleja o inusualmente grande, o exista un patrón inusual de transacciones, y la transacción o transacciones no tengan un propósito económico o legal aparente;
En cualquier otro caso que, por su naturaleza, pueda presentar un mayor riesgo de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo.
Estas medidas reforzadas incluyen:
Examinar los antecedentes y la finalidad de la transacción, en la medida en que sea razonablemente posible;
Aumentar el grado y la naturaleza de la supervisión de la relación comercial en la que se realiza la transacción, para determinar si la transacción o la relación parecen sospechosas;
Buscar fuentes independientes y fiables adicionales para verificar la información proporcionada o puesta a disposición de la empresa;
Adoptar medidas adicionales para comprender mejor los antecedentes, la propiedad y la situación financiera del cliente y de otras partes de la transacción;
Tomar medidas adicionales para asegurarse de que la transacción es coherente con el propósito y la naturaleza prevista de la relación comercial.
Aumentar la supervisión de la relación comercial, incluyendo un mayor escrutinio de la transacción.
Una videollamada o llamada de voz con el cliente por cualquier medio de comunicación electrónica.
7.6. Verificación de los clientes con las listas de sanciones
Una vez que la empresa identifica al cliente de conformidad con los principios de esta política, comprueba el nombre del cliente en las listas internacionales de sanciones.
La empresa utiliza bases de datos comerciales específicas para verificar los nombres de los clientes.
Si se encuentra una coincidencia con el nombre sancionado, se detiene el proceso de establecimiento de la relación comercial y el empleado responsable analiza el caso. Sobre la base de los análisis y la información adicional obtenida, el empleado responsable decide cómo proceder con la transacción o la relación comercial.
Si alguna de las partes implicadas en la transacción figura en la lista de terroristas, el empleado responsable deberá informar inmediatamente a la alta dirección. En tales casos, la relación comercial con el cliente se rescinde inmediatamente y la alta dirección decide informar del caso a las autoridades públicas competentes.
8. Cese de la transacción o rescisión de la relación comercial
Cuando la empresa no pueda aplicar las medidas de DDC necesarias en relación con un cliente concreto, la empresa:
No realizará ninguna transacción con el cliente o en su nombre a través de una cuenta de monedero criptográfico.
No establecerá ninguna relación comercial con el cliente.
Rescindirá cualquier relación comercial existente con el cliente.
Cuando la empresa no pueda completar las medidas de CDD requeridas en relación con un cliente concreto en el momento en que se alcance el umbral de CDD para las transacciones, y por lo tanto se le exija cesar las transacciones o rescindir la relación comercial con el cliente, la empresa adoptará el siguiente procedimiento:
En el momento en que se alcance el umbral, la empresa depositará todos los fondos adeudados al cliente en una cuenta (o equivalente) de la que no se puedan realizar retiradas;
Se realizan nuevos depósitos en esa cuenta, siempre que también queden bloqueados en ella hasta que se complete la CDD.
Las apuestas se realizan desde la cuenta, siempre que las ganancias queden bloqueadas hasta que se complete la CDD.
Una vez completada la CDD, se desbloquea la cuenta y se continúa con la actividad comercial con normalidad.
Si el reembolso se va a realizar a otra cuenta (ya sea parcial o totalmente), se lleva a cabo una evaluación del riesgo de la transacción que tiene en cuenta información como:
Destinos múltiples: ¿solicita el cliente que el dinero se envíe a varias cuentas?
Destino de alto riesgo: ¿solicita el cliente que el dinero se devuelva a un país en el que existe una preocupación significativa por el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo?
La empresa lleva a cabo un seguimiento continuo de estos casos y, si es necesario, considera la posibilidad de comunicar los resultados a los servicios de control del fraude pertinentes del sector público y privado.
Los clientes son informados detalladamente de los procedimientos mencionados anteriormente cuando se registran por primera vez en la empresa, para que no haya malentendidos en una fase posterior.
9. Conservación de registros
La empresa cuenta con un procedimiento de conservación de registros para garantizar que exista un registro de auditoría que pueda ayudar en cualquier investigación financiera por parte de un organismo encargado de hacer cumplir la ley.
El procedimiento de conservación de registros de la empresa abarca los registros en las siguientes áreas relevantes para esta política:
Detalles de cómo ha supervisado el cumplimiento el empleado responsable;
Delegación de tareas AML/CTF por parte del empleado responsable;
Informes del empleado responsable a la alta dirección;
Información de identificación y verificación de los clientes;
Documentos justificativos relativos a las relaciones comerciales;
Documentos de formación de los empleados.
La empresa garantiza que la información, los documentos y las pruebas de las transacciones mencionados anteriormente se conservarán durante cinco años a partir de la realización de la transacción.
La información se registra, sistematiza y archiva de manera que, cuando sea necesario, pueda encontrarse y recuperarse en el menor tiempo posible.
10. Selección y formación del personal
Teniendo en cuenta que el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo suelen contar con la ayuda de empleados de operadores de juegos de azar, la empresa aplica medidas reforzadas de identificación de los candidatos en el proceso de selección. En este proceso se presta especial atención a la reputación, la cualificación y la honestidad del candidato.
Todos los empleados de la empresa que participan en el proceso de establecimiento de una relación comercial con el cliente reciben formación personalizada en el plazo de un mes desde su contratación y reciben formación continua cada año. El empleado responsable de la empresa participa en cursos de formación profesional al menos una vez al año. La formación tiene el nivel adecuado para sensibilizar a los empleados sobre las obligaciones definidas en esta política.
La empresa se asegura de que los empleados pertinentes conozcan y comprendan:
Sus responsabilidades en virtud de las políticas y procedimientos de la empresa para la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo;
Los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo a los que se enfrenta la empresa y cada uno de sus productos y servicios;
Los procedimientos de la empresa para gestionar esos riesgos;
La identidad, la función y las responsabilidades del empleado responsable, y lo que debe hacerse en su ausencia;
Cómo lleva a cabo la empresa el CDD;
Cómo se identificará a las PEP, a los familiares de las PEP y a los asociados cercanos conocidos de las PEP, y cómo distinguir a las PEP que presentan un riesgo relativamente mayor de las que presentan un riesgo relativamente menor.
11. Aprobación de nuevos productos y servicios
Si la empresa diseña nuevos productos o servicios para sus clientes o modifica de forma significativa los productos o servicios existentes, antes de implementar dichos cambios, la empresa deberá llevar a cabo una evaluación de los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. El empleado responsable participará en el proceso de evaluación de riesgos, cuyas recomendaciones se tendrán en cuenta antes de la aprobación definitiva del diseño del producto o servicio.
La evaluación del riesgo de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo también es obligatoria si la empresa considera la segmentación de los servicios o el uso de una empresa intermediaria.
Anexo n.º 1: Países de alto riesgo
| # | Country | Country Code |
| 1 | Islamic Republic of Afghanistan | AF |
| 2 | Anguilla | AI |
| 3 | Antigua and Barbuda | AG |
| 4 | Bosnia and Herzegovina | BA |
| 5 | Commonwealth of Dominica | DM |
| 6 | Republic of Iraq | IQ |
| 7 | Vanuatu | VU |
| 8 | Turks Caicos Islands | TC |
| 9 | Republic of Yemen | YE |
| 10 | Islamic Republic of Iran | IR |
| 11 | Cayman Islands | KY |
| 12 | Republic of Colombia | CO |
| 13 | Democratic People's Republic of Korea (north Korea) | KP |
| 14 | Lao People's Democratic Republic | LA |
| 15 | Federal Republic of Nigeria | NG |
| 16 | Saint Vincent and the Grenadines | VC |
| 17 | Federation of Saint Christopher and Nevis | KN |
| 18 | Republic of Seychelles | SC |
| 19 | Syrian Arab Republic | SY |
| 20 | Republic of Tajikistan | TJ |
| 21 | Republic of Uganda | UG |